• lunes , 26 agosto 2019
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Afiliación y Desafiliación del Partido

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Requisitos y Procedimientos para Afiliarse y Desafiliarse del Partido.

Son afiliados del partido los ciudadanos inscritos en los Registros Electorales, que compartan la Declaración de Principios del Partido y que se afilien a él, mediante la inscripción en los Registros del Partido.

Las solicitudes de ingreso al Partido se presentarán a la Directiva Comunal, Directiva Regional o Directiva Central. En caso de que un afiliado comunique su voluntad de afiliarse al partido ante una Directiva Comunal, deberá informarla dentro de siete días a la Directiva Regional, la que a su vez, dentro del mismo plazo, la informará a la Directiva Central.

En caso de comunicarse la voluntad de afiliación ante la Directiva Regional deberá informarla en el plazo de siete días a la Directiva Central. El rechazo de una solicitud de afiliación o adhesión deberá realizarse por resolución fundada de la Directiva Nacional, en un plazo que no supere los cuarenta días hábiles desde el ingreso de la solicitud. El solicitante podrá recurrir de dicha resolución ante el Tribunal Supremo, dentro del plazo de cinco días hábiles desde su notificación, instancia que deberá pronunciarse dentro de diez días hábiles desde la interposición del recurso. Si la Directiva Central o el Tribunal Supremo en su caso, no se pronuncia sobre la solicitud dentro del plazo de cuarenta días hábiles desde que ésta se efectuó, se entenderá aceptada, pudiendo el solicitante requerir al Servicio Electoral que lo incorpore como afiliado o adherente al respectivo registro del partido, lo que se comunicará al interesado por carta certificada. Las fichas de afiliación serán presentadas al SERVEL con firma del Presidente y del Secretario General del Partido.

El procedimiento de desafiliación  se establece mediante la presentación de una carta formal de renuncia al partido la que debe ser enviada a la Secretaria General o a la Presidencia, instancia que comunicara esta información al Servicio Electoral.  Este procedimiento también puede cursa  mediante la desafiliación directa ante el Servicio Electoral.

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